
El Gobierno de la provincia de Buenos Aires oficializó la apertura de la Convocatoria 2026 para el otorgamiento de asistencia técnica y financiera dirigida a la preservación de sus ecosistemas boscosos. A través de la Resolución 116/2026 del Ministerio de Ambiente, publicada este miércoles en el Boletín Oficial de la jurisdicción, se habilitó el mecanismo para que propietarios y productores de predios rurales presenten proyectos técnicos. El financiamiento estatal estará destinado de forma exclusiva a la elaboración y diseño de Planes de Manejo, Planes de Conservación o modalidades combinadas de Manejo y Conservación de bosques nativos.
El programa provincial se ejecuta bajo las pautas legales de la Ley Nacional 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, en articulación directa con la Ley Provincial 14.888. Esta última normativa regula específicamente la conservación y el aprovechamiento de estas formaciones forestales dentro de los límites territoriales de la provincia de Buenos Aires. Para acceder al beneficio, los inmuebles rurales deben encontrarse previamente incorporados al Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos, un registro cartográfico que delimita las áreas sujetas a protección ambiental y define el nivel de intervención permitido.
La disposición ministerial establece un marco estricto respecto a los plazos, requisitos administrativos y penalidades por incumplimiento. Los interesados y titulares registrales dispondrán de un plazo de 60 días corridos, contados a partir de la fecha de publicación del acto administrativo, para formalizar sus solicitudes de financiamiento. Los proyectos técnicos deben estar obligatoriamente confeccionados y firmados por profesionales habilitados, quienes a su vez deben figurar inscriptos de manera regular en el Registro de Profesionales de Bosques Nativos que coordina la cartera ambiental liderada por la ministra Daniela Vilar.
Asimismo, la normativa contempla una simplificación administrativa para aquellos establecimientos agropecuarios que presenten una zonificación mixta en sus parcelas. En las explotaciones donde predominen los bosques clasificados como categoría II (amarillo) y posean una menor superficie catalogada como categoría I (rojo), se autorizará la presentación de un único plan de gestión integral para todo el inmueble. Esta unificación técnica queda sujeta al cumplimiento estricto de las restricciones de uso correspondientes a las áreas de máxima protección biológica, resguardando la biodiversidad y mitigando el impacto del cambio climático.
Una vez que la autoridad ambiental provincial apruebe la documentación y efectúe la correspondiente transferencia de los recursos económicos, los beneficiarios tendrán la obligación legal de cumplir un cronograma de ejecución preestablecido. Los productores dispondrán de un plazo máximo de 12 meses para elevar los planes definitivos de manejo, pudiendo solicitar prórrogas temporales únicamente ante casos excepcionales y debidamente justificados. El incumplimiento de los términos temporales o técnicos dará lugar a la aplicación de sanciones económicas y administrativas, además de la incorporación de los infractores al Registro Nacional de Infractores ambientales.



