
El Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Energía, formalizó una modificación técnica en la mecánica con la que se trasladan las variaciones del costo del gas a las tarifas finales del servicio residencial. A partir de los cuadros tarifarios que regirán en agosto de 2026, el cálculo de las diferencias acumuladas se realizará de manera bimestral.
Hasta este momento, el sistema se actualizaba bajo un criterio estacional, con revisiones dos veces al año. La nueva normativa busca evitar que las variaciones de costos acumuladas durante seis meses se trasladen de manera abrupta al bolsillo del usuario. Con el nuevo esquema, las correcciones de precios serán más frecuentes pero se aplicarían en montos de menor magnitud.
El ajuste técnico se centra en el indicador denominado Diferencia Diaria Acumulada (DDA). La DDA surge de la brecha entre el precio estimado del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) y el valor que las distribuidoras efectivamente pagan a las empresas productoras. Dado que la facturación inicial se realiza sobre un cálculo estimado, la reglamentación exige realizar un ajuste posterior para equilibrar la ecuación comercial.
El marco regulatorio del sector, comprendido en la Ley 24.076 y el Decreto 1.738/92, fija que las diferencias registradas en el mercado deben trasladarse a la demanda final sin generar ganancias ni pérdidas operativas para la empresa distribuidora. El esquema de actualización semestral acumulaba saldos pendientes durante períodos extensos antes de ser trasladados a la liquidación final. Esta dinámica generaba desfasajes financieros en la cadena de pago energética.
La modificación quedó oficializada mediante la Resolución 167/2026, que procura brindar mayor estabilidad en la prestación de la red nacional. El texto de la medida señala que la anterior frecuencia generaba un doble efecto estacional durante los meses de invierno. En dicha época de alto consumo, la suba en el volumen demandado coincidía con mayores costos del fluido, derivando en saldos que luego impactaban fuertemente en las facturas.
Al acortar los plazos de dos semestres a seis bimestres anuales, las correcciones reflejarán los costos reales del sistema con mayor inmediatez. La intención del área energética es reducir los picos de volatilidad y ofrecer una previsibilidad superior en las cuentas de los hogares. La norma instruye formalmente al Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) a adecuar los manuales de procedimientos tarifarios aplicables.
El organismo regulador de la energía deberá tener los nuevos procedimientos operativos listos para la entrada en vigencia del nuevo cuadro tarifario. El primer cálculo operativo bajo esta modalidad bimestral se efectuará con las liquidaciones correspondientes al mes de agosto. Con esta determinación, las empresas distribuidoras del territorio nacional comenzarán a ajustar sus sistemas de facturación de manera uniforme.



